lunes, 22 de mayo de 2023

Demencia Mental: Trabajo con Pesticidas vs Alzheimer



La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana(ROJ: STSJ CV 3238/2018), dictó sentencia favorable al trabajador, reconociendo como enfermedad profesional la dolencia mental que sufre un trabajador diagnosticado de Alzhéimer, debido a la prolongada exposición que este tuvo a productos tóxicos durante su vida laboral.

De profesión conductor, expuesto habitualmente al contacto con los productos químicos y pesticidas con los que trabajó durante casi 40 años. 

El trabajador sufre una demencia, calificada como compleja y de difícil filiación respecto su origen. La parte demandante, pretende vincular la demencia como una enfermedad de Alzheimer atípica.

El artículo 116 de la LGSS establece que:

--se entenderá por enfermedad profesional la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de desarrollo de la citada ley, y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional, siendo el RD 1299/ 2006, de 10 de noviembre, la norma en cuestión.--


¿Los productos químicos con los que trabajaba han desencadenado la enfermedad?. 


En los hechos probados de la sentencia se constata que, durante los últimos diez años, el trabajador estuvo en observación en un hospital por pérdidas de memoria, episodios ocasionales de desorientación, olvidos y pérdidas de objetos personales. En el transcurso de ese tiempo, la empresa no instauró ningún tipo de medidas de protección y solo posteriormente comenzó a usar el trabajador guantes, mascarilla y mono.

Compete a quien niega esa circunstancia poner de manifiesto que dichos agentes no son susceptibles de provocarla.


La parte recurrente parte de que la enfermedad de Alzheimer no puede ser una enfermedad profesional, pues su etiología se desconoce a ciencia cierta, aún habiendo factores que pueden influir en su aparición, tales como el genético y el estilo de vida.

Vincular sin más la enfermedad a concretos productos químicos constituiría un hito científico de magnitud mundial.

La demencia que sufre el trabajador, calificada como compleja y de difícil filiación respecto su origen, se descarta se deba a una enfermedad de Alzheimer atípica, que sería de origen común, siendo en realidad una demencia frontotemporal de variante conductual con alteraciones objetivas a nivel cognitivo de predominio disejecutivo, que puede deberse a la exposición a tóxicos como el bromuro de metilo y derivados del fósforo, y, la sentencia recurrida, tras examinar la abundante prueba pericial practicada, concluye, la gran probabilidad de que la enfermedad degenerativa del trabajador se deba a la exposición a tales productos tóxicos durante muchos años, al descartarse antecedentes genéticos, pues la intoxicación era a pequeñas dosis y con efectos progresivos.



No hay comentarios:

Publicar un comentario